Día a día escuchamos noticias acerca de la violación de Derechos Humanos que pueden ser fundamentales, como: el derecho a la vida (homicidios); a la libertad (secuestros); a la integridad física (tortura, tratos crueles e inhumanos); al debido proceso (violación de garantía de un juicio justo); Habeas Corpus (privación de la libertad por parte del estado, de manera arbitraria); a la salud, en conexidad con la seguridad social (negativa de prestación de servicios médicos por parte de las Entidades Promotoras de Salud), entre otros.
Así mismo, puede tratarse también de transgresión a los denominados derechos Sociales, Económicos y Culturales, como: igualdad de sexos y especial protección de la mujer (crímenes contra la mujer o no reconocimiento de sus derechos, por ejemplo, discriminación en el plano laboral); derechos de los niños (cualquier tipo de delito en contra los niños y/o vulneración de sus derechos); derecho a la vivienda digna (familias que no tienen un lugar para habitar), así como otros.
Obsérvese que en la mayoría de estos casos de atropello de los derechos humanos, las víctimas suelen ser personas de bajos estratos y de escasa formación académica, en su mayoría campesinos o personas en precarias condiciones económicas. Esta circunstancia no es casual, sucede, que por lo general, esta población es más vulnerable porque desconoce total o parcialmente sus derechos, las leyes y la normatividad que los ampara, los mecanismos para reclamarlos, ante qué autoridad deben dirigirse y si lo pueden requerir directamente o a través de apoderado (abogado).
El tema jurídico no debería ser materia y objeto del conocimiento únicamente de las facultades de derecho, es necesario, no sólo implementarlo como asignatura de obligatorio cumplimiento en los programas académicos de educación media y universitaria, sino también hacerlo práctico y didáctico, por lo menos en lo atinente al ámbito de los derechos humanos y de los medios para reclamar su cumplimiento, porque no es el abogado el único que debe tener claras estas nociones, sino todos los ciudadanos, ya que todos somos destinatarios de derecho, de las leyes, normas y en general del ordenamiento jurídico de nuestro respectivo país, y la ignorancia de la ley nunca podrá ser oponible a la acción legal o persecución por parte del Estado. De igual forma, en la medida en que el ciudadano conozca sus derechos, la manera de hacerlos valer y ante quién acudir para ese propósito, estará menos expuesto a que le desconozcan sus prerrogativas legales.
Es lamentable la ignorancia que existe en cuanto al tema jurídico, a pesar de ser un aspecto tan importante que debe hacer parte de la cultura general del individuo. Es innegable que existe una desestimación de la utilidad de este campo del saber, precisamente porque se cree que es sólo el jurista quien debe ocuparse de dichos asuntos, las personas no son conscientes del valor de este conocimiento como instrumento que garantiza el cumplimiento de las disposiciones legales preestablecidas constitucional y normativamente.
Pero la responsabilidad de crear conciencia acerca de la relevancia de este tema recae en el Estado, quien debe implementar los mecanismos necesarios para su difusión, así mismo, vigilar que se desarrolle a cabalidad el programa de la asignatura de contenido constitucional, que efectivamente sea una materia obligatoria y que abarque la formación en derechos humanos y todo lo inherente al tema, desde la educación media hasta la formación universitaria e incluso su introducción como tema a evaluar en las pruebas de
estado para que de esta forma nazca la obligación de estudiar, comprender, asimilar y eventualmente poner en práctica este conocimiento.
La catedra de formación en derechos humanos debe incluir los antecedentes históricos y principios que los orientan, la enunciación expresa de los mismos, la normatividad legal, constitucional e internacional que los regula, los instrumentos legales para exigir su cumplimiento, las autoridades competentes para tutelarlos, tanto a nivel nacional como internacional y la minuta de cada una de las acciones legales implementadas para solicitar su amparo. De igual trascendencia, es ejercer, de manera eficaz una supervisión que garantice la operancia y aplicación de dicho aprendizaje.
De este modo se lograría un considerable descenso en el índice de población vulnerable, toda vez que cuando la persona conoce cuáles son sus derechos y la forma cómo puede exigir su cumplimiento, en el evento de ser transgredidos, podrá ejercer un control directo y personal de sus garantías constitucionales y las de todas las personas allegadas en su entorno familiar y social, abriendo la puerta a la luz que erradique definitivamente la vaguedad imperante en este ámbito del saber.
Es evidente que si el ciudadano no sólo conoce, sino que comprende y sabe utilizar los mecanismos creados para la defensa de sus derechos, estará en capacidad de controvertir la vulneración de alguno o varios de ellos por parte del estado o de los particulares, así mismo, de requerir su cumplimiento y en caso de ser ignorados, agotar los medios necesarios para lograr su reconocimiento y tutela.
El tema de los derechos humanos es de trascendencia internacional, son muchas las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que se dedican a salvaguardarlos, a velar por su aplicación y respeto, constantemente están implementando nuevas estrategias de vigilancia y control y aun así continúan siendo desconocidos y abiertamente quebrantados, es por ello que formar ciudadanos desde temprana edad en este ámbito, de manera consciente y responsable se erige como una de las formas de combatir este flagelo.
Escritor: Patricia Janeth Quintana Ramírez