En el desarrollo de la actividad judicial siempre se ha tenido la duda de cuanto influye la coherencia de las normas de un ordenamiento jurídico, en las decisiones que toma un juez, si son discrecionales o no, si son neutrales o en algunos casos se ven influenciados por factores externos, es entonces cuando autores como Dworkin, Kennedy, Hart tratan de explicar, criticar y a su vez dar su punto de vista acerca este tema tan importante, porque de esto se deriva la seguridad jurídica, si se puede tener confianza o no en las decisiones judiciales que la mayoría de las personas pretendes que sean neutrales y así que sea certeras.
Hart por su parte dice que la coherencia está garantizada en la mayoría de las disputas jurídicas ya que estas se pueden ser interpretadas y aplicadas de forma univoca, aunque hay casos difíciles en los cuales el juez debe aplicar la norma discrecionalmente y ahí es que pierde la seguridad jurídica; por su parte Dworkin dice que el derecho y la adjudicación son coherentes en tanto responder a la moralidad política presupuesta en las normas e institucionales de la comunidad donde operan, y niega que el juez sea discrecional en cualquier caso.
Por otra parte esta la concepción realista de la adjudicación la tarea del juez no es la construcción de un sencillo silogismo a partir de normas aplicables sino que los procesos judiciales son “campos de batalla” en los que la sentencia no puedes más que plasmas la preferencia de un juez en un momento determinado, para ellos había un carácter indeterminado e incompleto del derecho y en consecuencia la decisión tendría factores extrajurídicos.
Para llegar a estas conclusiones se han hecho muchos estudios en los cuales se mira los textos y practicas pertenecientes a la tradición jurídica, con el fin de mostrar sus profundas inconsistencias internas, se mira primero si hay coherencia para después analizar como serán a un futuro las decisiones judiciales, tales estudios han tenido un desarrollo, una fase temprana donde buscaron la indeterminación y las contradicciones internas del discurso jurídico , luego una segunda fase llamada fase intermedia allí priva a los grupos marginados de una de las herramientas mas eficaces la prelación de derechos inalienables para defender sus interés en los estrados judiciales y en los foros políticos, y por ultimo una tercera fase llamada la fase actual la cual rechazo en enfoque de la primera fase y decían que la existencia de estructuras profundas en el derecho hacen que haya más coherencia y de su mano mas neutralidad.
El juez debe fallar conforme a la ley, no aplicar la norma como él quiera, debe tener paramentaros para dar decisiones, la discrecionalidad en algunos casos hace que no haya seguridad ni certeza en los fallos, se le deben dar ciertas libertades pero a la vez restricciones, libertad en que puede corregir ciertos aspectos del proceso, o declararse impedido para algunos casos, pero al momento del fallo debe ser coherente en si en las normas, las cuales preferiblemente no deben tener lagunas y así de esta manera tener un buen fallo, porque si por el contrario las normas tienen lagunas, inevitablemente el juez tendrá que fallar de cierta manera discrecionalmente porque tiene que utilizar medios como analogía.
Es importante saber que para tener neutralidad en las decisiones judiciales a más de tener un ordenamiento jurídico coherente se le debe dar al juez límites para poder actuar, así se garantiza que el juez actué bien y le de seguridad a las partes de que no está influenciado por factores externos o que puede fallar como quiera, también es importante en esto que no falle en dos casos iguales de manera distinta, allí se vería reflejado que no hay coherencia ni mucho menos neutralidad, es entonces que nace la cosa juzgada donde el juez no puede dar decisión distinta donde ya hubo fallo, se da la misma solución.
Se concluye entonces que es importante para tener un buen sistema judicial, donde las decisiones sean neutrales y que le den seguridad a las partes, que ante todo el sistema jurídico de normas sea coherente, con normas aplicables para la mayoría de los casos porque de lo contrario el juez no tendrá como fallar, ósea primero se debe procurar por tener buenas bases es decir buenas normas claras y concretas, y luego exigirles a los jueces tenerlas en cuenta, saberlas aplicar y además que para casos semejantes se debe fallar de igual manera y no dejarse influenciar por casos externos, para esto está la declaración de impedimento por parte del juez, o si él no lo hace las partes pueden pedir recusación y así impedir que la decisión no sea neutral y equitativa.
Escritor: CAROLINA PALACIO SIERRA
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